Apertura de una empresa


El informe Doing Business registra todos los procedimientos que se requieren oficialmente para que un empresario pueda abrir y operar formalmente una empresa industrial o comercial. Éstos incluyen la obtención de todas las licencias y permisos necesarios, la realización de cualquier notificación, comprobación o inscripción ante las autoridades correspondientes, que se le exijan a la empresa o a sus empleados.

Después de estudiar las leyes, reglamentos y datos públicos sobre la puesta en marcha de una empresa, se desarrolla una detallada lista de los procedimientos, junto con el tiempo y costo de realizarlos y los requisitos de capital mínimo aportado. Después de esto, los abogados expertos en constitución de empresas, además de los funcionarios públicos de cada país, completan y verifican los datos.

También se recopila información acerca de la secuencia en que se deben completar los procedimientos, y si éstos se pueden realizar simultáneamente. Se establece la presunción de que toda la información necesaria está directamente disponible y que todas las autoridades involucradas en el proceso de apertura funcionan sin corrupción. Si las respuestas de los expertos locales difieren, continúan las consultas hasta que se resuelven las diferencias.

Para poder comparar los datos entre los diferentes países, se usan varias suposiciones en lo que se refiere a la empresa y a los procedimientos.

Suposiciones acerca de la empresa

La empresa:
  • Es una sociedad de responsabilidad limitada. Si hay más de un tipo de sociedad de responsabilidad limitada en el país, se elige la forma de responsabilidad limitada más popular entre las empresas del país. La información acerca de la forma más popular se obtiene de los abogados expertos en constitución de negocios o de la oficina de estadística.
  • Opera en la ciudad más populosa del país.
  • Es 100% de titularidad nacional y tiene cinco propietarios, ninguno de los cuales es una persona jurídica.
  • Tiene un capital inicial equivalente a diez veces el ingreso per cápita al final de 2006, pagado en efectivo.
  • Realiza actividades generales industriales o comerciales, como la producción o venta de productos, o la prestación de servicios al público. No desempeña operaciones de comercio internacional y no comercia con productos sujetos a un régimen tributario especial, como por ejemplo licores o tabaco. La empresa no está utilizando procesos de producción altamente contaminantes.
  • Alquila una planta comercial y oficinas y no es propietaria de bienes raíces.
  • No reúne los requisitos para recibir incentivos a la inversión ni para cualquier beneficio especial.
  • Tiene un mínimo de 10 empleados y un máximo de 50 empleados al mes de comenzar las operaciones, y todos son ciudadanos del país.
  • Tiene una facturación de al menos 100 veces el ingreso per cápita.
  • Su escritura de constitución ocupa diez páginas de largo.

Procedimientos

Un procedimiento se define como cualquier interacción del fundador de la sociedad con terceras partes externas (por ejemplo, organismos del gobierno, abogados, auditores o notarios). Las interacciones entre los fundadores o ejecutivos de la compañía y los empleados no se consideran procedimientos. Los procedimientos que deben completarse en el mismo edificio pero en diferentes oficinas se cuentan como procedimientos separados. De igual modo, si los fundadores tienen que visitar el mismo organismo varias veces para realizar procedimientos diferentes, consecutivos en el tiempo, éstos se consideran procedimientos distintos. Se supone que los fundadores completan todos los procedimientos por sí mismos, sin intermediarios, mediadores, gestores, contables o abogados, a menos que el empleo de una tercera persona sea exigido por la ley, en cuyo caso dichos procedimientos se consideran aparte.

Se tienen en cuenta los procedimientos requeridos oficialmente para que un empresario gestione formalmente la compañía, tanto los procedimientos previos como los posteriores a la constitución de la sociedad.

Se incluyen los procedimientos requeridos para mantener oficialmente correspondencia o realizar operaciones con organismos públicos. Por ejemplo, se incluye la obtención de un sello o estampilla de la sociedad si dicho sello se requiere en documentos oficiales, como la declaración tributaria. De forma similar, si una empresa debe abrir una cuenta bancaria antes de registrarse ante la autoridad competente para cobrar el impuesto sobre las ventas o sobre el valor agregado, esta operación se incluye como un procedimiento separado. La simplificación de procedimientos sólo se contabiliza si cumple con los siguientes cuatro criterios: son legales, están disponibles para el público en general, se emplean por la mayoría de las sociedades y si el evitarlos causa grandes retrasos.

Solamente están cubiertos los procedimientos requeridos para todas las empresas. Los procedimientos específicos para un sector industrial están excluidos. Por ejemplo, los procedimientos necesarios para cumplir con reglamentos medioambientales se incluyen sólo si se aplican a todas las empresas que realicen actividades comerciales o industriales generales. No se incluyen aquellos procedimientos que la empresa necesite para obtener servicios de electricidad, de agua, de gas y de tratamiento de desechos.

Tiempo

El tiempo se registra en días calendario. La medición captura la duración promedio que los abogados expertos en constitución de sociedades estiman como necesarios para completar los procedimientos que se requieran; con un seguimiento mínimo ante los organismos públicos y sin la realización de pagos extraordinarios. Se asume que el tiempo mínimo requerido para cada procedimiento es de un día, y que aunque haya procedimientos que puedan realizarse simultáneamente, éstos no pueden comenzar en el mismo día. Es decir, los procedimientos simultáneos comienzan en días consecutivos. Se considera que un procedimiento se ha completado una vez que la sociedad ha recibido el documento final, como por ejemplo el certificado de inscripción de la sociedad o el número de impuesto. Si se puede acelerar un procedimiento a un costo adicional, se elige el procedimiento más rápido. Se presume igualmente que el empresario no pierde tiempo y se dedica a completar cada procedimiento restante sin demora. No se tiene en cuenta el tiempo que el empresario emplea en recopilar información, puesto que se presume que el empresario conoce todas las regulaciones para la apertura de una empresa y el orden de ejecución desde el principio. También se asume que el emprendedor no ha tenido contacto previo con ninguno de los funcionarios que realizarán los trámites.

Costo

El costo se registra como un porcentaje del ingreso per cápita del país. Sólo se consideran las tarifas oficiales. Por otro lado, sólo se incluyen los honorarios por servicios legales o profesionales si la ley los exige. Se incluyen las tarifas para la adquisición y legalización de los libros societarios si dichas operaciones son exigidas por la ley. Para el cómputo de los costos se emplean como fuentes: el texto de la ley de sociedades, el código de comercio y las regulaciones específicas, así como las tablas de tarifas oficiales. En ausencia de una tabla de tarifas, se toma como fuente oficial el valor que estime un funcionario del gobierno, y en ausencia de éste, se emplean las estimaciones de los abogados expertos en constitución de sociedades. En caso de que haya diferentes estimaciones entre varios abogados expertos, se calcula el promedio de dichos datos. En todos los casos, el costo excluye pagos extraoficiales.

Requisito de capital mínimo pagado

El requisito de capital mínimo pagado refleja la cantidad que el empresario necesita depositar en un banco o ante un notario antes de la inscripción y hasta tres meses después de la constitución de la sociedad, y se computa como un porcentaje del ingreso per cápita del país. Esta cantidad normalmente se especifica en el código de comercio o la ley de sociedades. Muchos países requieren un capital mínimo pagado pero permiten a las sociedades abonar sólo una parte antes del registro, debiendo pagar el resto después del primer año de operación. Alemania presentaba en junio de 2007 un requisito de capital mínimo pagado de € 25.000 para las sociedades de responsabilidad limitada, de los cuales al menos € 12.500 debían depositarse antes de la inscripción. Por lo tanto, el capital mínimo pagado en Alemania es de € 12.500, es decir, el 42,8% del ingreso per cápita. En Serbia el requisito de capital mínimo es de € 500, de los cuales sólo la mitad debe depositarse antes del registro. Esto implica que el capital mínimo pagado en Serbia es € 250 o el 8% del ingreso per cápita.

Esta metodología se desarrolló en Djankov y otros (2002) y se ha adoptado aquí con pequeñas modificaciones.